La conducta violenta es inaceptable. Nadie merece ser maltratado. Si alguien le ha golpeado, amenazado, obligado a tener relaciones sexuales, o maltratado de cualquier otra manera, usted tiene derecho de solicitar al tribunal que expida una orden para impedir el maltrato. Esta orden se llama una “orden de protección.” También se llama una orden 209A porque la ley que le da derecho a la protección es el Capítulo 209A de las Leyes Generales de Massachusetts. Usted puede obtener dicha orden de protección en el Tribunal de Distrito, el Tribunal Superior, o el Tribunal de Sucesiones, Tutelas y Relaciones de Familia (en inglés, Probate Court) del área donde usted vive.
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